jueves, 27 de octubre de 2016

GLOSARIO.



TECNOLOGÍA  :

Es la aplicación de los conocimientos científicos y empíricos  a procesos de producción y distribución de bienes y servicios.

TECNOLOGÍA  APROPIADA :

Es la que mejor se adapta a las condiciones  del país que la usa.

Las tecnologías "propias" son normalmente apropiadas, ya que fueron diseñadas especialmente para las condiciones  del país que las creó.

Cuando se hace una buena adaptación de tecnología es posible que se logre una tecnología bastante apropiada.

Cuando las tecnologías importadas se aplican sin ningún grado de adaptación, se suelen llamar tecnologías inapropiadas, inadecuadas o inadaptadas.

TECNOLOGÍA  ATRASADA :

Es un concepto que hace relación a la aparición de tecnologías más recientes que se suponen más productivas por hombre empleado.

La tecnología atrasada no es necesariamente  obsoleta en el sentido económico con respecto a las más modernas; dado que suele utilizar menos trabajo, pero más capital.

Dado el precio social del trabajo en ciertos países poco desarrollados es cercano a cero, la tecnología atrasada puede ser socialmente más conveniente que la tecnología moderna.


TECNOLOGÍA DE PUNTA:

Es la tecnología más reciente, aún en proceso de experimentación.  Es muy intensiva en el uso de capital.

No siempre es conveniente su utilización, pues depende de los precios sociales de los factores en el país donde se quiera aplicar.

TECNOLOGÍA LIBRE :

Es la que está libre a disposición de cualquier persona que la quiera usar; tales como los conocimientos ofrecidos en los libros de texto, en las revistas, en el software (soporte lógico) comercializado, las patentes vencidas, desarrollos de la investigación básica y algunos de la investigación aplicada.

TECNOLOGÍA EMPAQUETADA:

La tecnología empaquetada o "paquete tecnológico" es el conjunto de tecnologías, generalmente de distintas fuentes necesarias para la puesta en marcha de un proyecto.

El paquete tecnológico se suele presentar por un solo contratista, que ha atado (empaquetado) diferentes tecnologías para ser negociadas habitualmente "llave en mano".

TECNOLOGÍA INTERMEDIA :

Es la tecnología situada entre la tecnología primitiva o tradicional, utilizando en el sector rural de la mayor parte de los países en vías de desarrollo y la tecnología moderna adaptada de los últimos avances de los países industrializados.

TECNOLOGÍA LIMPIA ( SUAVE O DULCE)

Se caracteriza por que cumple en buena medida las siguientes condiciones:

a.  Es poco contaminante.
b.  Es intensiva en el uso de recursos abundantes del país en que se emplea, como mano de obra y materias primas naturales y poco intensiva en el uso de recursos importados.
c.  Es eficiente para escalas de producción reducidas.

TECNOLOGÍA MEDULAR:

Es el conjunto de conocimientos  que son inherentes a un proceso, producto o proyecto.

TECNOLOGÍA MODERNA:

Se dice de la tecnología producida en los últimos decenios (Es un concepto muy vago, pues los desarrollos tecnológicos se dan con distinta intensidad en los distintos sectores).

TECNOLOGÍA PERIFÉRICA:

Es el conjunto de conocimientos que no son específicos de un producto o proceso, pero que son necesarias para la utilización de las tecnologías medulares, en la actividad de producción de bienes o servicios o en la generación de nuevos conocimientos.

La tecnología periférica se relaciona con los servicios de ingeniería de tipo general que se pueden aplicar a varios proyectos, tales como: cálculos de ingeniería civil, mecánica, eléctrica, etc; también el sistema de equipos o sistemas paralelos al proceso central como el transporte de materia prima o productos, almacenamiento, etc.

La distinción entre tecnología medular y periférica es necesaria para la "desagregación tecnológica", ya que al comprar un paquete tecnológico sin abrirlo, se paga cara, parte de una tecnología que se podría comprar más barata en el mercado doméstico.

Para efectos de "negociación de tecnología" también es importante la distinción, pues se puede saber que parte del paquete es "periférico" y por lo tanto con posibilidades de escoger entre varios oferentes y que parte es "medudular".

TITULACIÓN  DE  ACTIVOS  (SECULARIZACIÓN)

En el lenguaje financiero moderno la "titulación" o "secularización es el proceso mediante el cual se transforman en títulos valores, la cartera crediticia o los activos financieros.  

La operación bancaria convencional consiste en la captación de dinero del público por parte de los bancos para luego prestarlo a sus clientes asumiendo ellos mismos el riesgo de la operación, así como a la realización de todos los trámites conducentes al cobro de la deuda.  Al contrario en las nuevas tácticas de "secularización", estas operaciones suelen ser desempeñadas  por entidades diferentes; en efecto, a una entidad corresponde el otorgamiento del crédito, otra se dedica a la estructuración financiera de la operación, una tercera asume el riesgo del crédito, otra se encarga del cobro y al final un inversionista podría utilizar el crédito.

De ahí que los títulos respaldados en activos tienen una gran posibilidad de desarrollo pues son papeles muy líquidos que son transados en el mercado.

Los últimos logros de la "ingeniería financiera" han puesto al servicio de los usuarios de crédito, la posibilidad de titular hipotecas públicas y privadas, contratos de leasing, cuentas de tarjetas de crédito, etc.  En general cualquier flujo permanente de caja puede ser titulado.

TITULACIÓN HIPOTECARIA

La titulación es un procedimiento que busca mediante la emisión de títulos, obtener recursos del público con destino a la inversión en un patrimonio común de carácter inmobiliario.

Se fundamentó entonces esta nueva figura estratégica para el desarrollo de la inversión, en la emisión de unos títulos por valores módicos y equivalentes, de tal manera que el eventual inversionista pueda suscribir la cantidad que su capacidad financiera le permita.

La titulación necesariamente supone el fraccionamiento de un patrimonio en el número de titulares determinado en su emisión, por lo tanto cada titular adquirirá una fracción (alícuota) representada en el número de títulos adquiridos.

El procedimiento determina una oferta abierta al público, pues se persigue llegar a una alta masa de inversionistas, por lo general ajenos al promotor de la titulación.

Se deriva necesariamente que los dineros recibidos como consecuencia de la colocación de los títulos en el público se han destinado exclusivamente a la inversión en uno o varios proyectos dentro de las modalidades que la propuesta contemple.

Este mecanismo mediante el cual se hacen líquidos activos financieros normalmente no líquidos; en Colombia dado que las CAV ya no existen, la caja agraria, se convirtió en banco, dejó de existir un filtro importante, para dejar paso a las Cooperativas, que sólo muestran un desgreño administrativo, tratando de evadir las responsabilidades  e implantar el PATRON  ORO con su problemática Minera y retroceso de tres siglos, quedando peor que en el año, 1.992,  cuando ICETEX  con funciones de proxeneta  y titulando dineros mafiosos, para pagar a sus profesores, las descomunales sumas de dineros para sus empleados, instituciones educativas  y demás políticos que recibieron sus CASAS, APARTAMENTOS, FINCAS, YATES, ETC....    bajo la cartilla de Civil,  en lugar de la Cartillita de Comercial, pasando por encima de regulaciones ambientales, se dieron a la tarea de licenciar canteras.

EL MARCO  JURÍDICO está dado por la resolución 1394 de la Superintendencia de Valores.  Las corporaciones nacionales tienen créditos vigentes con respaldo hipotecario por más de US$ 4 mil millones, lo cual tiene una potencia en emisión de títulos hasta por US$1.000 millones en los próximos años.  Cabe anotar que en países como Estados Unidos  el 40% de la cartera hipotecaria está titularizada.

La eficiencia que permite la liquidez de un mercado secundario de hipotecas es el beneficio principal de este instrumento; en efecto, las asociaciones que reemplazaron las CAV tendrían que haber realizado un mejor aprovechamiento de su capital, que determina un mejor retorno sobre capital y desde luego sobre los activos.  Todo se traducirá en una reducción de los intereses  reales de las hipotecas, con todas las secuelas  benéficas para el desarrollo del sector de la construcción y la posibilidad ampliada de consecusión de vivienda.

La titulación corresponde a una desintermediación parcial y un paso de acercamiento entre el mercado hipotecario y los mercados de capitales.

Los títulos respaldados por garantias hipotecarias tendrán llamativas características que los presentarán bien atractivos:


  • Su rendimiento estará expresado en corrección monetaria y no en DTF.
  • Los títulos tendrán plazo de 10 años o más y será desde luego los de mayor duración en el mercado.

TRANSFERENCIA DE TECNOLOGÍA.

Es el conjunto de todas las formas y modalidades por medio de las cuales una tecnología es incorporada a una empresa, institución o país.  

Palabras como adquisición, compra, comercio o importación de tecnología se suele utilizar como afines.

Se puede establecer una escala de términos que en alguna medida define la forma de asimilar la tecnología, que comienza en países de bajo nivel de desarrollo y culmina en los altamente desarrollados:

a. Aceptación de subsidiarias de empresas extranjeras.
b. Contrato de administración y operación  (Management Contract).  Es el contrato por el cual una empresa extranjera se encarga de la administración de la empresa y el propietario actúa como rentista y fiscalizador en forma temporal o permanente.
c. Formación de una empresa mixta (Equity joint venture).  Es la asociación permanente entre un socio extranjero que casi siempre aporta la tecnología o se encarga de adquirirla y  un socio nacional que se encarga de las funciones administrativas.
d. Contrato de empresa mixta; (Contractual Joint Venture).  Asociación similar a la anterior, pero únicamente mientras se cumple un objetivo prefijado de construcción o producción.
e.  Contrato de Licencia; es el contrato sobre la concesión de una licencia (patentes, marcas, Know how, asistencia técnica etc) en las distintas etapas de diseño, construcción, montaje, funcionamiento, control de calidad, entrenamiento, etc.
f.  Contrato de asistencia técnica ; Es un contrato limitado a la prestación de servicios de expertos que asesoran o colaboran en el trabajo de análisis, diseño, construcción, montaje, funcionamiento, control de calidad, entrenamiento etc.
g. Convenio de entrenamiento : Se suelen hacer con empresas transnacionales,  firmas de consultoría, productores de equipos, centros de investigación y universidades.
h. Contratos de construcción; Se suelen emplear varias modalidades según las condiciones del país receptor: contrato llave en mano, administración delegada, etc.
i.  Compra de equipos  y productos intermedios.
j.  Copia de Tecnología ;  adaptada o no según las necesidades locales.
k.  Contratos de investigación
l.  Sistemas de información tecnológica.
m. Investigación propia.


UNDERWRITING

Es la operación que se realiza por medio de la banca de inversión mediante la cual una de las instituciones o un consorcio de ellas, se comprometen a colocar en el mercado, total o parcialmente una emisión. 
La operación se inicia con la asesoría al cliente y según el compromiso se denomina "en firme" si se obliga a adquirir para sí los valores no vendidos y en caso contrario se llama "al mejor esfuerzo".

 UNIÓN ECONÓMICA:

Como cosa distinta de un mercado común, combina la supresión de las restricciones a los movimientos de mercancías y los factores, con un grado de armonización de las políticas económicas, monetaria, fiscal, social y anticíclica.


VALOR ECONÓMICO ADICIONAL:

Las empresas modernas  en todo el mundo están aplicando un nuevo concepto financiero denominado VEA (Valor Económico Adicional), cuyo primer aporte consiste en la redefinición de algunas partidas consideradas por los contadores como gastos y que en realidad desde el punto de vista económico no lo son.  Las inversiones en capital humano, como pueden ser los gastos en capacitación, deben catalogarse como la inversión en maquinaria o capital de trabajo.

Otra novedad del nuevo enfoque consiste en que descubre aspectos que usualmente esconde la contabilidad tradicional, en el tratamiento de los pasivos de las empresas.  En efecto, las deudas de las empresas se dividen en dos: Lo que debe a terceros o sea el pasivo externo y lo que debe a los accionistas, que se conoce como pasivo interno.  La contabilidad registra los costos asociados con el pasivo externo, pero no le suele interesar lo que hace referencia al pasivo interno, que en ocasiones puede ser muy costoso.

En consecuencia, si los registros contables no abarcan todos los costos, ni la totalidad de las inversiones, que garantía existe de que la operación los cubra a todos?

El primer paso consiste en la identificación del capital; por lo tanto debe clasificarse  como tal, los egresos que se espera retornen a la empresa así sea en el mediano plazo.  Es decir que el capital invertido es generalmente más grande de lo que usualmente se piensa.

La segunda etapa tiene que ver con la determinación de la tasa valoración de éste.  Dependiendo del agente de que se trate, cada negocio tendrá una diferente tasa de oportunidad de la inversión, es decir la rentabilidad mínima aceptable para el accionista, dado su portafolio de inversiones.

Conocido el capital verdadero y su tasa de valoración, se multiplica el uno por el otro y esa cantidad se resta de las utilidades obtenidas después de pagar impuestos.   Ese residuo es el VEA, que debe ser positivo implica que se mejora el bolsillo del accionista; o si no, el negocio esta consumiendo el aporte patrimonial y en consecuencia es preciso replantear la estrategia.

Para el caso Colombiano el tema reviste gran importancia y más cuando ahora que las normas obligan a ajustar los estados financieros por inflación y se pretende cambiar la estructura del pasivo de la Sociedad Anónima.

Ante todo la legislación busca sustituir el endeudamiento de las empresas con el sector bancario con inyecciones de capital de los accionistas; en este sentido la tendencia positiva o negativa de capital, indicará la conveniencia o el costo de oportunidad de acometer inyecciones futuras.

Además la técnica constituye una herramienta importante para las empresas que no cotizan sus acciones en bolsa.

La experiencia en otros países ha demostrado que existe una estrecha relación entre los precios de las acciones en bolsa y la tendencia del VEA.

Adicionalmente, la técnica puede tener una aplicación parcial por departamentos.  De esa forma se pueden subcontratar actividades poco rentables y más bien el capital liberado puede aplicarse a renglones más productivos en la empresa.

ZONA CONTIGUA:

Es una zona que se ubica fuera de las aguas territoriales en la que el Estado costero está en libertad de exigir el cumplimiento obligatorio de sus leyes.  Por tal razón el Estado puede ejercer su autoridad y control para: impedir la infracción de sus reglamentos aduaneros, fiscales, de inmigración o sanitarios, dentro de su territorio o mar territorial  y castigar la infracción de los reglamentos mencionados.

La zona contigua no puede extenderse  más allá de las 12 millas de la línea de base desde donde se mide  la anchura del mar territorial.

ZONA DE LIBRE COMERCIO:

Es una región formada por dos o más estados en los que se han eliminado los aranceles y otras barreras al comercio.  Una zona de libre comercio va más allá que un sistema preferente que conserva los aranceles para promocionar cuotas más favorables para sus miembros.  Sin embargo, no llega hasta donde va una Unión Aduanera, que además de establecer una tasa de libre comercio, fija aranceles externos comunes, aplicables a todos sus miembros.

ZONA DE LIBRE INTERCAMBIO :

Conjunto formado por países que han organizado entre ellos la libre circulación de mercancías producidas en sus territorios.

ZONA DE TRÁNSITO:

Es un puerto de entrada a un país costero, establecido para la conveniencia de un país vecino, que carece de las posibilidades portuarias adecuadas o que no tiene acceso al mar.

ZONA FRANCA:

Establecimiento público con autonomía administrativa, excento del pago de impuestos y cuyo objetivo central es prestar un servicio al público sin ánimo de lucro, autorizado para recibir mercancías en tránsito o de importación.

Sitio indicado para atraer a la inversión extranjera y fomentar la instalación de industrias exportadoras bajo un régimen aduanero y cambiario especial.

Los requisitos exigidos por una zona franca son: llenar el formulario de solicitud que suministra la entidad para el efecto, junto con la factura comercial, el conocimiento de embarque y el certificado de pago de FLETES.




LOS PROYECTOS
UNIDAD OPERATIVA DE DESARROLO
JUAN JOSE MIRANDA MIRANDA
Una forma confiable y expedita de elaborar estudios de factibilidad.
Claudia Tatiana Palacio Vasco.
Administradora de Empresas
Especialista en Mercadeo Internacional
TP- 07362  de Ministerio de Desarrollo Económico.
La Compiladora
Con Licencia de Microsoft para compilar.

miércoles, 26 de octubre de 2016

FUENTES DE FINANCIAMIENTO







ESTUDIO  SOBRE  LAS DIFERENTES  OPCIONES  DE  FINANCIAMIENTO EN LAS DISTINTAS ETAPAS DEL PROYECTO.



  1. Fuentes Internas:  Utilidades no distribuídas;  Las utilidades no distribuidas sirven como fuente de capital para expansión o para nuevas inversiones; sin embargo, vale la pena enfatizar que ese mismo excedente constituye la fuente de ganancias del capital invertido por los propietarios; por esta razón entran a competir entre sí los intereses de la empresa con los de sus propietarios; si la rentabilidad esperada de la empresa es claramente llamativa, será también para los propietarios;  sin embargo, estos no estarían interesados en colocar su capital adicional en una opción que no ofreciera mejores garantías que otras alternativas, ya sean estas de inversión o de consumo.
Cabe anotar además, que como este capital tiene un origen en utilidades, está sujeto a impuesto sobre la renta.

En consecuencia la práctica de utilizar las utilidades no distribuidas como fuente de financiación tiene los siguientes inconvenientes:

  • El deseo manifiesto de los propietarios de orientar las utilidades de la empresa en opciones más llamativas de consumo o de inversión;
  • Los gravámenes fiscales que pesan sobre las utilidades.
La Depreciación:   Una de las finalidades que se le asigna a la partida de depreciación, es la de recuperar el capital invertido en activos depreciables.

Los fondos de depreciación acumulados sirven para financiar diferentes sectores de desarrollo de la empresa y para hacer frente a nuevas necesidades.

Parte de esos fondos son destinados a la renovación de activos necesarios, pero los fondos restantes proporcionan un crédito libre de impuestos para atender diferentes frentes de la empresa.

Ventas de Activos  Lavados:  La venta de activos fijos o de la cartera o la disminución de los inventarios pueden constituirse en mecanismos alternos de financiación interna de la empresa.

Sin embargo, esta práctica puede resultar bien azarosa, pues los activos fijos negociados o los niveles menores en los inventarios podrían comprometer seriamente la producción de la empresa y por ende su importancia y prestigio frente a sus habituales consumidores.

2. FUENTES EXTERNAS:

Una empresa puede conseguir recursos externos en dos formas principalmente:  permitiendo la participación de terceros a través de acciones o bonos y por medio de una variada modalidad de crédito.

  • Acciones :  Para los nuevos propietarios el rendimiento de su inversión está representado en dividendos o en el aumento en el valor de su participación; para los poseedores de títulos de deuda, el rendimiento está representado en los intereses que reciben periódicamente.   La propiedad de una empresa puede estar en manos de un solo dueño, o en miles de accionistas, que es el caso de las sociedades anónimas.  Las acciones suelen clasificarse en dos grupos: las acciones ordinarias y las acciones preferentes.      El poseedor de acciones ordinarias está en situación muy similar al propietario individual de una empresa: no se le garantiza un rendimiento fijo por la inversión, acompaña a la empresa en épocas de bonanza y también en situaciones difíciles, tiene acceso a los libros de la sociedad y tiene voz en la gestión de la empresa.  Además la acción representa la participación en la propiedad real de la empresa.

  • Bonos:  Los bonos constituyen una forma alterna de financiación externa para la empresa.  La adquisición de bonos representa una hipoteca o derecho sobre los activos reales de la empresa.  En caso de liquidación, los bonos hipotecarios son pagados antes que cualquier otro derecho sobre los activos; además, los bonos tienen garantizado un rendimiento independiente del éxito de la empresa.

  • Crédito Nacional :  El sistema crediticio colombiano ofrece un paquete de servicios que se presenta para atender las necesidades de corto, mediano y largo plazo, a todo tipo de empresa, pública, privada, mixta o de economía solidaria.
Entre los recursos de financiación de corto plazo encontramos los sobregiros bancarios, la cartera ordinaria o comercial, las cartas de crédito con financiación, las aceptaciones bancarias y el descuento de bonos de prenda.

Las fuentes de financiación más frecuentes ofrecidas para el mediano plazo son: el crédito bancario de libre asignación y el crédito de fomento, el cual se tramita a través de bancos y corporaciones financieras y ocupa el mayor porcentaje de nuestro sistema financiero.  Opera mediante el mecanismo de redescuento y con cargo a los llamados fondos financieros, como el fondo financiero agropecuario, El fondo financiero Industrial y el Fondo de Inversiones Privadas, entre otros.

El "leasing" es un instrumento de crédito a mediano plazo.

También la "titulación de activos"  es un mecanismo de crédito que comienza a tomar cierta notoriedad e importancia en nuestro sistema financiero, lo mismo que la "banca de inversión" que se convertirán con absoluta seguridad en las armas más idóneas para afrontar el desafío de la apertura económica y desde luego la "multibanca" que bajo un mismo techo ofrece todo el paquete de servicios disponibles.

Financiación a Corto Plazo:  Para la atención a las necesidades de capital de trabajo principalmente, para las empresas públicas y privadas, los bancos y las corporaciones ofrecen, entre otros los siguientes servicios a corto plazo:

Sobregiro Bancario:  Que corresponda a un cupo de crédito automático, a un costo habitualmente más elevado que el ordinario.

Cartera Ordinaria :  Son los créditos que conceden los bancos para variados usos de sus clientes, cuyo compromiso de amortización se suelen estipular para un año o menos.

Cartas de Crédito :  Las cartas de crédito se utilizan para facilitar las negociaciones entre un comprador y un vendedor que no se conocen o no se tienen entre si la suficiente confianza comercial.

Vale la pena anotar que aunque se les llama  de "crédito", en algunas ocasiones los pagos se hacen de contado.
Se podrían llamar en general "cartas de confianza" para cualquier negociación y con más propiedad "cartas de crédito" cuando la operación incluye algún nivel de financiación.

La carta de crédito tiene tres protagonistas principales: por un lado el vendedor, por otro lado el comprador y garantizando la operación un banco intermediario.

La operación se realiza en la siguiente forma: El vendedor le exige al comprador que le garantice la operación con una carta de crédito y le determina las condiciones para su cancelación, si se trata de carta de crédito a la vista, esto es, si su cancelación se debe producir inmediatamente a la presentación de documentos, o si se concede algún plazo obviamente con el pago de intereses. El paso siguiente ocurre cuando el banco del vendedor, entra en contacto con el banco del comprador y este se hace responsable y garante de la operación; esta forma de confianza al vendedor, ya que su banco le responderá por el éxito de la operación.

Carta de Crédito Internacional 

La carta de crédito internacional, es un instrumento de pago en el cual un comprador de un país pide a su banco nacional que le solicite a un banco extranjero el pago de una mercancía a un proveedor, cuando este haga el despacho correspondiente.

Aceptaciones Bancarias 

La filosofía de las aceptaciones bancarias es la misma que la de las letras de cambio que son aceptadas por una institución bancaria.  El vendedor entrega al comprador una mercancía y con base a la factura comercial se elabora un título valor en que se estipula el compromiso del comprador con el vendedor y el plazo convenido para su pago.  El banco elabora el documento y asume la responsabilidad de la cancelación.  La operación se efectúa así:   el comprador recibe la factura comercial y ordena a su banco donde tiene un cupo de crédito, que emita una aceptación a nombre del vendedor.  Esa aceptación constituye la garantía de pago y el vendedor puede conservarla para su redención en la fecha acordada o puede negociarla en el mercado secundario descontándola con propósito de liquidez.

Descuentos de Bonos de Prenda

En esta operación financiera intervienen en primer lugar un almacén general de depósitos, quien expide un bono de prenda con base a una mercancía almacenada en su bodega o en cualquier otro almacén prendario y la financiación la concede una corporación financiera o un banco, mediante el descuento de los bonos.

Titulación de activos

En el lenguaje financiero moderno la "titulación" o "secularización" es el proceso mediante el cual se transforma en títulos valores, la cartera crediticia o los activos financieros.

La operación bancaria convencional consiste en la captación del dinero del público por parte de los bancos para luego prestarlo a sus clientes, asumiendo ellos mismos el riesgo de operación, así como la realización de todos los trámites conducentes al cobro de la deuda.  Al contrario, en las nuevas tácticas de "secularización" estas operaciones suelen ser desempeñadas por entidades diferentes; en efecto, a una entidad le corresponde la realización del crédito, otra se dedica a la estructuración financiera de la transacción, una tercera asume el riesgo del crédito, otra podría encargarse del cobro y al final un inversionista podría utilizar el crédito.

De ahí que los títulos respaldados en activos tienen una gran posibilidad de desarrollo ya que son papeles  muy líquidos y son transados en el mercado.

Los últimos logros de la "ingeniería financiera" han puesto al servicio de los usuarios de crédito, la posibilidad de titular hipotécas públicas y privadas, contratos de leasing, cuentas de tarjetas de crédito, etc. En general cualquier flujo permanente de caja puede ser titulado.

El gobierno Colombiano, mediante resolución de días pasados (noviembre de 1.993), reglamentó la titulación inmobiliaria, con lo cual los promotores de finca raiz podrán salir a las bolsas de valores del país a ofrecer los inmuebles entre muchos oferentes, como ocurre con las acciones de todas las empresas inscritas en bolsa.

La titulación inmobiliaria permitirá a constructores e inmobiliarios acceder a recursos frescos en el mercado de capitales y desde luego beneficiarse de las ventajas de la desintermediación.

La nueva figura no sólo retribuirá  al comprador de los títulos las ventajas de la valorización de la finca raíz, reconocida como la más alta y segura en nuestra economía, sino que facilitará los desarrollos inmobiliarios de gran envergadura, que por su costo y características encuentran restricciones de orden financiero.

Otra ventaja de la nueva figura está en que facilitará la negociación de un bien inmueble en las bolsas de muchas personas, cuando la costumbre y la tradición restringía la negociación a una sola persona.

La titulación inmobiliaria distingue tres modalidades de títulos: el de contenido crediticio, cuando el inmobiliario se compromete a pagar una renta fija; el de participación, cuyo beneficio está condicionado al éxito del promotor del inmueble y el título mixto, que ofrece una rentabilidad fija y un porcentaje adicional dependiendo del comportamiento comercial del inmueble.

De esta forma, en las bolsas de valores se ofrecerán edificios, obras públicas en concesión y centros comerciales entre otros.



LOS  PROYECTOS  -   LA  UNIDAD OPERATIVA  DEL DESARROLLO - Forma confiable y expedita de elaborar estudios de factibilidad.

Escuela de Administración Pública
Juan José Miranda Miranda

Claudia Tatiana Palacio Vasco
Administradora de Empresas
Especialista en Mercadeo Internacional
TP - 07362  de Ministerio de Desarrollo Económico
La  Compiladora
Licencia Microsoft  para compilar

INVERSORES EXTRANJEROS.




PRINCIPALES PROBLEMAS ENCONTRADOS POR INVERSORES  EXTRANJEROS PARA LA FORMACIÓN DE JOINT VENTURES EN PAISES EN DESARROLLO.

La naturaleza y la escala de las dificultades encontradas por las empresas que desean conformar joint venture en naciones en desarrollo, son de características disímiles según el país, la industria de que se trate o el tipo de joint venture que se intente formar.  A  pesar de ello, las dificultades mayormente citadas para el desarrollo de operaciones de empresas conjuntas en tales países, son las siguientes:


  • Ambigüedades resultantes de la falta de precisión en las reglamentaciones que legislan las inversiones extranjeras.  Como consecuencia de ello, se generan vacíos legales que pueden implicar situaciones conflictivas o negativas en el futuro.
  • Obstáculos, demoras burocráticas y engorrosos procesos de toma de decisión con respecto a empresas extranjeras.  En algunos casos de América Latina, se han reportado demoras de hasta 2 años para la aprobación de una inversión, con constitución de empresas conjuntas.  Por ejemplo, el sector petroquímico y el petrolero se ven afectados por esas demoras en ciertos países de la región.
  • Infraestructura inadecuada, tanto lo referido a transporte y comunicaciones  (especialmente telecomunicaciones), como a facilidades de oficinas, terrenos, plantas industriales.  En algunos países de la región latinoamericano ello es extensivo a hoteles y acomodaciones para viajeros del exterior.
  • En algunos países con economías dirigistas o con planificación central, falta de personal administrativo y staff local experimentado en métodos comerciales  de economías de mercado.
  • Calidad inadecuada y/o provisión irregular o insuficiente de materias primas, componentes, partes y piezas.  En los casos que se deben importar, la tramitación de las importaciones es lenta, complicada y burocrática.
  • Problemas en la obtención financiamiento local y sistemas bancarios y financieros inadecuados.
  • Sistemas contables inadecuados o incompatibles.
  • Requerimientos de performance excesivos, sea en materia de componente nacional, como de exportaciones o aspectos financieros o laborales.
  • Dificultades de adaptación de la mano de obra local para procesos productivos y conflictos con los sindicatos y gremios.
  • Alta presión tributaria o política fiscal inadecuada para la instalación de empresas extranjeras.
  • Leyes de competencia que limitan notablemente el accionar de firmas foráneas.
  • Inconvertibilidad de las monedas locales y riesgos de cambio,  debido a la volatilidad de los mercados.  En muchos países de América Latina los mercados cambiarios se ven notablemente influenciados por las demandas de moneda extranjera por parte de empresas y particulares, quienes se refugian en las divisas - particularmente el dólar estadounidense -, frente a procesos inflacionarios y economías inestables.
  • Como consecuencia del punto anterior y de posibles dificultades en las balanzas de pagos, suelen existir obstáculos para la repatriación de inversiones, remisión de utilidades y giro de regalías al exterior.
  • Inexistencia, estrechez o falta de transparencia de los mercados de capitales locales.


PORQUE   FALLAN  ALGUNAS  JOINT  VENTURE

Buena parte de los estudios demuestran o tratan de explicar porqué fallan las Joint Venture, señalan ciertos elementos en común, a saber:

  • Productos, tecnologías o plantas obsoletas.
  • Interpretación errónea de las necesidades del mercado.
  • Elevación de Costos.
  • Depresión de los precios,
  • Cambios imprevistos en la economía,
  • Acciones gubernamentales,
  • Problemas Internos entre los socios de la Empresa
La confianza, la autonomía y el respeto mutuo de los socios, juegan un papel preponderante para lograr la armonía de las relaciones entre los socios y así evitar las fricciones y el posible fracaso del emprendimiento conjunto.


LA DECISIÓN DE LA ASOCIACIÓN EN EL EXTERIOR.

La decisión de efectuar una inversión en forma asociativa, presenta algunas determinaciones relacionadas entre sí, que es menester analizar:

  • Decisión de insertarse en mercado externos.
  • Selección de la forma de penetración en el mercado.
  • Elección de la ubicación de la inversión.
  • Determinación del volumen de la inversión.
  • Elección de la oportunidad de inversión y asociación.
  • Elección del socio adecuado.
En cada nivel del análisis de todas estas posibilidades, las empresas comparan alternativas, evaluando costos relativos, ganancias y riesgos.


JOINT  VENTURES  -   Y  OTRAS FORMAS  DE  COOPERACIÓN EMPRESARIA INTERNACIONAL.

Con licencia Microsoft para compilación 
Administradora de Empresas
Especialista en Mercadeo Internacional
TP - 07362  de  Ministerio de Desarrollo Económico




martes, 25 de octubre de 2016

PETRÓLEOS NACIONALES.



PETRÓLEOS NACIONALES  DE COPIHUE, PNC

P.N.C.  Es una empresa pública que por largos años ha venido explotando yacimientos petroleros que cubren mínimamente las necesidades nacionales y fundamentalmente ha concentrado su esfuerzo empresarial en la instalación de refinerías que le permiten procesar el petróleo crudo que el país importa.  La necesidad de Copihue de abastecer zonas alejadas del centro de su territorio, le motiva a establecer acuerdos de complementación energética con el vecino país de Malambo (diferente a Malambo -Santa Rosa de Osos - Ant.).  En Malambo funciona también una empresa pública encargada del tema petróleo que lleva el nombre de empresa de petróleos de Malambo E.P.M. Malambo y Copihue comparten fronteras y en la región más austral de ambos territorios existe una amplia zona marítima en donde ambas empresas vienen realizando emprendimientos operativos conjuntos que suponen un estilo muy novedoso de cooperación puntual en el campo energético.

Los intereses que confluyen son bastante claros:  a Petróleos Nacionales de Copihue le interesa diversificar el abastecimiento de crudo tratando de obtenerlo en un costo más económico y para ello ofrecen a Empresas de Petróleos de Malambo, financiar y aportar tecnológicamente para que, a través de plataformas marítimas, vayan prosperando el fondo marino y así lograr ubicar pozos de petróleos, cuyo producto se destinaría, como un mercado seguro, al abastecimiento de la región austral de Copihue Malambo, por su parte, logra encarar la exploración y explotación de su propio territorio marítimo a través de la participación de este socio y vecino que está colocando el capital de trabajo y la tecnología para el montaje de las plataformas petroleras.

Petróleos Nacionales de Copihue suscribe con Empresas de Petróleos de Malambo un acuerdo que se denomina Joint Operation  Agreement, Acuerdo de Operación Conjunta en donde la empresa P.N.C. no actúa en forma directa, sino a través de otra empresa de su holding que lleva por su nombre Petrosil.  Petrosil es el brazo formal para la realización de un trabajo conjunto en esa área del vecino Malambo.  Así se suscribe un acuerdo operativo en donde las partes se asocian para el específico fin  de explorar y explotar yacimientos marítimos que tendrán en su resultado como destino:

1.  Cancelar a Petrosil los gastos de inversiones en que incurrió para colocar recursos financieros, tecnología y trabajo para la instalación de la plataforma y luego de saldada ésta deuda,  Petrosil asegura la compra por parte de Petróleos Nacionales  de Copihue P.N.C.  del 100% de la producción que genere la plataforma.  En caso de no encontrarse petróleo, el riesgo ha sido asumido fundamentalmente por P.N.C. y Petrosil.

Para Malambo que tiene una posición energética menos dependiente del mercado externo que Copihue resulta muy interesante incrementar la producción, a través de estas operaciones seguras que le ofrece la contraparte de Copihue.

En estas operaciones cada parte mantiene su plena independencia y el entendimiento solamente las compromete en el marco completo y puntual del contrato de trabajo operativo que están afrontando en cooperación.  A  EPM  le corresponde responsabilizarse por la obtención de las autorizaciones necesarias de su gobierno para que pueda operar en sus aguas territoriales personal técnico y directivo de Copihue.

Copihue y Malambo logran a través de éstos acuerdos operativos tejer redes de intereses muy concretos que pueden servir de base para explorar la cooperación en otros ámbitos de la complementación energética, ya que PNC depende del Ministerio de Minería y también se vincula con la Secretaría de Estado encargada de Energía, con lo cual los vínculos a nivel de funcionarios directivos de empresas como PNC y EPM sirven para que se encaminen otras acciones cooperativas como puede ser la complementación a través de gasoductos o traspaso de energía desde Copihue a Malambo y viceversa.



JOINT  VENTURES  Y OTRAS FORMAS DE COOPERACIÓN EMPRESARIA INTERNACIONAL.

Juan Luis Colaiacovo, Rubén Daniel Avaro, Marilda Rosado de SA  Ribeiro, Hernan Narbona Veliz.

Ediciones Macchi.

Claudia Tatiana Palacio Vasco
Administradora de Empresas
Especialista en Mercadeo Internacional.
TP. 07362  de  Ministerio de Desarrollo Económico
La Compiladora  
Con Licencia Microsoft  para compilar.

lunes, 24 de octubre de 2016

DEUDA PÚBLICA.




LA DEUDA PÚBLICA.

Siempre que el Estado tiene déficit pide prestado para pagar el exceso del gasto sobre sus ingresos. Cuando toma prestado, su deuda aumenta.  Es decir, el déficit ese año se añade a la deuda pública ya existente.  La Deuda Pública representa la suma de los déficit de todos los años desde el comienzo del país.

La administración de los EEUU  ha  tenido grandes déficit - y la Deuda Pública, lógicamente, ha crecido de forma muy rápida. - en especial durante dos períodos:  en la Segunda Guerra Mundial y en el período que empieza en 1.982.  Los importantes déficit de años recientes han hecho revivir un viejo debate.  No estamos trasladando una carga de Deuda Pública a las generaciones futuras? Sorprendentemente no hay una respuesta simple, de "sí" o "no", a esta pregunta.

Consideremos, en primer lugar, los muy importantes déficit que la administración norteamericana obtuvo durante la Segunda Guerra Mundial.  Quién sufrió la carga de esta guerra: la gente de esa época o sus hijos, que heredaron la ya muy abultada deuda pública?

La respuesta es:  fue soportada principalmente por la gente de su época. Para ver porqué, consideremos cual era el principal coste económico de esa guerra.  Al luchar en esas batallas el país necesitaba miles de tanques y aviones y millones de soldados en el campo de batalla.  Esto requería enormes recursos que ya no estarían disponibles para otros usos.  La producción militar de 1.943 se hizo al coste de oportunidad de reducir la producción de bienes de consumo en dicho año.  Cuando la General Motors estaba haciendo tanques, no podía hacer coches al mismo tiempo.  Era la gente de 1.943 -  y no sus hijos - la que no tenía nuevos coches.  Fue la única que sufrió, no solamente en términos de pérdidas humanas, sino también en términos de bienes de consumo.

Como es lógico, sólo una parte del gasto de la guerra fue pagado por medio de impuestos, y el resto lo fue a través de una mayor deuda pública.  Esta deuda se ha trasladado sobre las generaciones futuras: esta deuda procedente de la Segunda Guerra Mundial no se ha devuelto nunca.  Sin embargo cuando pagamos intereses por esa deuda en 1.990, no estamos pagando obviamente a la gente que vivió en 1.943.  Mejor dicho, los intereses son pagados por algunas personas en 1.990. Concretamente el gobierno recauda impuestos del público y utiliza algunos de esos impuestos para pagar intereses a los tenedores de TITULOS DE DEUDA PÚBLICA. De esta forma, la Deuda Pública - en realidad cualquier deuda -  transfiere fondos de un grupo de ahora a otro grupo de ahora. No transfiere fondos de la gente de una época a la gente de una época anterior.


LA CARGA DE LOS DÉFICIT DE LA DEUDA.


A pesar de lo visto, los déficit por gastos y la acumulación de deuda pública puede imponer cargas sobre las generaciones futuras de varias maneras.


1.  Los déficit del Estado pueden actuar como un obstáculo para la inversión.  cuando el Estado tiene déficit por incremento de su gasto, está utilizando unos recursos que en su lugar podrían haber ido a la inversión.  A menos que el gasto del Estado se lleve a cabo en inversiones  - como carreteras, canalizaciones o plantas de energía - el déficit por gasto puede suponer una carga de las generaciones futuras.   Pueden heredar una menor cantidad de capital del que hubieran tenido de otra forma.

El déficit por gasto no reduce siempre la inversión.  Dependen de lo cerca que esté la economía de la situación de pleno empleo.  Si la economía se encuentra en una depresión o en una recesión importante, está operando dentro de la curva de posibilidades de producción.  En cuyo caso, producir más bienes para el Estado no requiere una reducción de consumo o de la inversión.  Al contrario, debido al multiplicador, producimos también  más bienes de consumo.  Al ser producidos más bienes de consumo, la inversión es estimulada.  Para producir más coches y más neveras las empresas necesitan más máquinas y fábricas.  De esta forma el déficit por gasto durante una depresión genera más ventajas que cargas para las generaciones futuras.  Estimula la producción de bienes de consumo para la generación actual y más capital para las futuras.

2.  Para ayudar a financiar sus déficit, la administración norteamericana ha pedido prestado al extranjero.  En 1.988, los extranjeros habían cumulado 330.000 millones de dólares en deuda pública emitida por el gobierno federal (aproximadamente el 13% del total e  igual aproximadamente el 7% del PNB).  Si el estado vende obligaciones a norteamericanos, éstos obtendrán lógicamente el pago futuro de intereses.  Como país, nos "deberemos la deuda a nosotros mismos".  Sin embargo, este no es el caso para la deuda poseída por extranjeros.  Como país, tendremos que pagar intereses a los extranjeros.

3.  Cuando el Estado recauda impuestos para pagar los intereses de la Deuda Pública - cuyos tenedores pueden ser nacionales o extranjeros -  hay otro coste : el exceso de carga impositiva. Cuando se imponen los impuestos, el público tiene un incentivo para alterar su conducta y así evitar su pago.  por ello, la gente se ve incentivada a contratar abogados para encontrar lagunas en la legislación fiscal y poder desviar sus ahorros hacia inversiones a cubierto del fisco (esto es, inversiones de baja o nula carga fiscal).  Como consecuencia de ello, la eficiencia de la economía se reduce.

El exceso de carga impositiva supone una disminución en la eficiencia de la economía que se produce cuando la gente cambia su conducta para evitar pagar impuestos.  Deben distinguirse  de la carga primaria la cual es medida por el importe de impuestos que la gente paga realmente.

Señalemos, que el exceso de carga impositiva fortalece, en un sentido, el argumento para las reducciones de impuestos desde el lado de la oferta, pero le debilita en el otro.  La más clara ventaja en la reducción de impuestos desde el lado de la oferta es la mejora de la eficiencia de la economía  - esto es, reducción en el exceso de carga impositiva hoy  - Sin embargo, si unos impuestos más bajos hoy significan una mayor deuda y por lo tanto, mayores impuestos en el futuro para pagar intereses, la mayor eficiencia de hoy tiene un coste:  menor eficiencia en el futuro.

4.  La necesidad de pagar intereses por parte del Estado puede conducir a una redistribución de la renta adecuada.  De cualquier forma que lo haga, depende de quien tenga que pagar los impuestos y quien reciba el interés.  (También depende de lo que consideremos una "adecuada" distribución de la renta).

5. La necesidad de pagar intereses por una creciente deuda pública puede causar también "inflación". La inflación puede ser originada si el Estado financia sus crecientes pagos de intereses, no recaudando más impuestos, sino pidiendo prestado y de manera haciendo su déficit aún mayor.  Los crecientes déficit estimulan la demanda agregada y añaden presiones inflacionistas.  Los efectos inflacionistas son particularmente intensos si la Reserva Federal  (El Banco Central norteamericano) crea nuevo dinero y lo presta al Estado para ayudar a éste a pagar sus intereses.

6.  La deuda pública nacional puede comerse a sí misma.  Al incrementarse la deuda pública los pagos de intereses de la misma también los hacen.  Estos pagos de intereses son parte de los gastos del Estado y originan una mayor dificultad para mantener los déficit bajo control.  En 1.988 los pagos por intereses del gobierno federal fueron de 152.000 millones de dólares -casi tanto como el déficit de ese año - y alrededor del 14%  del gasto total del gobierno federal.  Si el Estado actualmente no puede mantener los déficit bajos, ¿ Cómo podría hacerlo en el futuro, cuando incluso debe pagar más intereses?

7.  El peligro de la deuda "de comerse a sí misma" se ha vuelto lo suficientemente grave como para que podamos haber perdido el control para utilizar la política fiscal para combatir futuras recesiones. Si tenemos importantes déficit, incluso en los prósperos años de los últimos de los ochenta, ¿ Qué ocurrirá si utilizamos enérgicamente la política fiscal para combatir la próxima recesión? Con déficit incluso mayores, ¿ No generaremos un imparable flujo de deuda y unos mayores pagos de intereses y déficit en el futuro.


El seguro bancario tiene dos objetivos interrelacionados:

  • Proteger a los depositantes de las pérdidas.
  • Reducir la amenaza de retirada masiva de depósitos del sistema bancario.
El seguro de los depósitos ha contribuído a la estabilidad de la economía, no obstante el gran crecimiento de quiebras de bancos y otras entidades de crédito y ahorro desde 1.980 ha dado de que pensar acerca del sistema de seguros.

Sociedad Anónima: Un ingenioso instrumento para obtener beneficios privados sin responsabilidad individual.

La principal ventaja de este tipo de organización es que queda limitada la responsabilidad de los propietarios.  Todo lo que pueden perder es lo que han invertido.  Cuando un nuevo inversor compra acciones (fracciones del capital propio), de una empresa, adquiere, de este modo, una propiedad parcial de la empresa sin enfrentarse al peligro de la responsabilidad ilimitada.  Si la empresa va a la bancarrota y es incapaz de pagar sus deudas, los propietarios no pierden más que el valor que pagaron por sus acciones, pero no sus propiedades personales.  Para reducir el riesgo de los inversores la sociedad anónima permite la obtención de grandes fondos de inversión.   Por tanto, la Sociedad Anónima es la forma de empresa más adecuada para crecer rápidamente usando financiación externa.

Cada acción representa una fracción de la propiedad (esto es una parte alícuota del capital) de una sociedad anónima.



Economía
Cuarta Edición
Wannacott
Claudia Tatiana Palacio Vasco
Administradora de Empresas
Especialista en Mercadeo Internacional
TP. - 07362  de Ministerio de Desarrollo Económico
La Compiladora
Con licencia de Microsoft  para compilar .











sábado, 10 de septiembre de 2016

DOMINIO MONETARIO





A. LA  INDUSTRIA  BANCARIA.

El dominio monetario es una reciente creación de los tratadistas modernos de hacienda pública, como natural desarrollo de la economía hacia el capitalismo financiero.   Los clásicos no consideraban que existiera ese dominio porque sostenían que los ingresos obtenidos por ese concepto eran de derecho público y no privado ya que habían sido el producto de actos de imposición, de imperium del estado, para mover los mecanismos financieros de los particulares en su propio provecho, obteniendo así los ingresos monetarios.  Afirman los primeros, que debe existir un banco central, de emisión.  En Colombia se llamó Banco de la República.  Ahora, la Constitución de 1.991, lo llama Banca Central; en otros países se llama Banco Emisor o de Reserva, o del Estado y es de propiedad de la Nación.  Con anterioridad, no se había incluído sus haberes y rendimientos,  dentro del dominio monetario,  porque no existía dicho dominio com o tal y el Banco no era del Estado exclusivamente, sino que era además de algunos particulares, de bancos comerciales y otros accionistas.

Su fundación, obedeció a la necesidad de que un banco de bancos protegiera a los particulares de la crisis de liquidez dando adecuado respaldo los créditos  e inversiones estatales, tal como se había practicado con éxito en países como Alemania, Francia, Estados Unidos, Mexico, etc.

En nuestro país, se ha gestado un proceso que culminó satisfactoriamente con aplicación al sistema monetario del patrón Oro y la autorización al Banco de la República para que realizara Operaciones de Mercado Abierto  (OMAS), en la crisis mundial de 1.931,  Desde 1.943 comenzaron a desarrollarse instrumentos económicos de gran utilidad.  tales como encajes, fijación de tasas de interés, márgenes de redescuento, etc  A  partir de 1.963, viene operando como banco de propiedad del Estado Colombiano,  al subordinarse  su operación a la extinguida Junta Monrtaria.  La definitiva nacionalización del Banco de la República tuvo lugar en 1.973, cuando fue constituído como órgano del mercado autónomo,  de naturaleza única para el ejercicio de la soberanía monetaria.  La Constitución de 1.991 dedica el Capítulo VI del Capítulo XII, artículos  371, 372 y 373  a la nueva estructura de la Banca Central.  Estas disposiciones fueron reglamentadas por la Ley 31 de 1.992 que señala las normas a que deberá sujetarse  el Banco de la República para el ejercicio de sus funciones.

Hay además una serie de bancos que también hacen parte y cuyas utilidades también engruesan el dominio monetario,  tales como el Banco Popular, en vías de privatización, el Icetex, la Caja Agraria, el Banco del Estado, que fué imposible de privatizar y presta útiles servicios como caja menor de la Presidencia de la República junto con sus grupos financieros correspondientes, hacen parte del dominio monetario y sus ingresos más que empresariales por su especialización,  son, de este dominio, lo mismo que las utilidades producidas por las operaciones , cambiarias en moneda extranjera, el manejo de importaciones y exportaciones, etc. La tendencia actual es la de privatizar esas instituciones y vender sus acciones a los trabajadores y en general a inversionistas particulares.

También, deben mencionarse los establecimiento bancarios intervenidos por dificultades económicas que hacen parte igualmente del dominio monetario, pero más como egresos del Fondo de Garantías que como ingresos.  Afortunadamente, el buen manejo de alguno de ellos ha permitido ponerlos en venta para ser adquiridos y manejados por el sector privado de la economía, recuperándose de esta forma el dinero invertido por el Fondo  de Garantías para salvaguardar los intereses de los particulares.

B.  EL  BANCO  DE  LA  REPÚBLICA.  BREVE RESEÑA HISTÓRICA.

La historia de la evolución jurídica del Banco de la República abarca desde su fundación sugerida por la primera Misión Kemmerer, hasta la época actual en que pasó a ser de propiedad del Estado.  El poder monetario radicaba en la Junta Directiva del Banco de la República y por tanto estuvo entregado a los particulares quienes dictaban las normas sobre encajes, redescuentos y sobre toda la política bancaria y económica del país y dirigían la economía hasta 1.963, año en que por Ley 21 y Decreto 2206 fue creada la Junta Monetaria, hoy eliminada de nuestras instituciones.  Finalmente la Ley 7° de 1.973 fue adquirida totalmente la propiedad del Banco de la República y se produjo su estatización, como antes se había señalado.

1.  De la Banca Central.

Con este título, como lo habíamos señalado antes, nuestra nueva Constitución  Política finaliza el Capítulo XII dedicado al Régimen Económico de la Hacienda Pública.  El Capítulo VI dispone en su artículo 371, que el Banco de la República ejercerá las funciones de Banca Central y estará organizado como persona jurídica de derecho público,  con autonomía administrativa, patrimonial y técnica sujeto a un régimen legal propio.  Le señala como funciones básicas, regular la moneda, los cambios internacionales  y el crédito; emitir la moneda legal; administrar las reservas internacionales; ser prestamista de última instancia y banquero de los establecimientos de crédito y servir como agente fiscal del gobierno,  Estas funciones deben ejercerse  en coordinación con la política económica general, rindiendo informe al Congreso sobre la ejecución de las políticas a su cargo y sobre los demás asuntos que se le soliciten.

El artículo 372, señala como funciones de la Junta Directiva del Banco de la República, ser la autoridad monetaria, cambiaria y crediticia, conforme a las funciones que le asigne la ley,  Estará integrada por siete miembros así:  El Ministro de Hacienda quien la presidirá, el Gerente del Banco, elegido por la junta y miembro de ella, y cinco miembros de dedicación exclusiva nombrados por el Presidente de la República.  Esta integración y autonomía de la Junta, ha sido objeto de severas críticas especialmente de origen parlamentario; sin embargo, todas las disposiciones legales subsiguientes y reglamentarias de los artículos constitucionales  antes citados, reafirman la mentalidad de que los miembros de la Junta Directiva del Banco, con excepción del Ministro de Hacienda, no representan al Presidente de la República sino a toda la Nación.  En efecto, tanto la Ley 9° de 1.991 sobre regulación cambiaria, como las leyes 6° y 31 de 1.992, sobre facultades de la junta, la forma de organización, su régimen legal y el funcionamiento de su junta directiva y del Consejo de Administración, como el decreto 2520 de 1.993, por el cual se expidieron los estatutos del Banco,  reafirman esta idea de dotar de plena autonomía a la Junta frente a cualesquiera rama del poder público o autoridad.

En el artículo 373, se confiere al Banco de la República la obligación de velar por el mantenimiento de la capacidad adquisitiva de la moneda.  Como los miembros de la Junta Directiva del Banco representarán exclusivamente el interés de la Nación y solamente el Presidente de la República, ejercerá la inspección, vigilancia y control del Banco, fácilmente pude deducir que la autonomía consagrada, va a producir resquemores en algunos estamentos interesasos y mal habituados en aprovecharse  de los finanzas estatales.

Finalmente, vale la pena mencionar para efectos de consulta, lo dispuesto en las leyes 34 y 35 de 1.993, sobre financiación de créditos agrícolas e intervención en las actividades financiera bursátil y aseguradora, respectivamente, y la Ley 130 de 1.994, sobre financiación estatal y privada.

2.  Breve reseña Jurisprudencial.

1.  Corte Constitucional:  Sentencia C-050/94:  Naturaleza del Banco de la República:  Entre las más importantes innovaciones de la Carta  Política figura la de haber elevado al Banco de la República a la categoría de órgano del Estado con rango constitucional, concebido como persona jurídica de derecho público económico, con autonomía patrimonial, técnica y administrativa sujeta a un régimen especial, con el propósito primordial de ejercer las funciones de banca central.  De acuerdo con el artículo 371, la autonomía del Banco es administrativa, de gestión, técnica y patrimonial.  su Presupuesto debe regirse a las estatutarias presupuestales.

2.  Corte Constitucional:  Sentencia  C- 489/94:  A la ley le compete la asignación de las funciones que corresponde ejercer al Banco.  Su autonomía no lo convierte en un ente omnímodo.  Las atribuciones reguladores de la moneda y el crédito, según el artículo 371 no son compartidas con ninguna otra autoridad u organismo del Estado.  Las leyes relacionadas con las funciones  del Banco y de su Junta Directiva, son ordinarias.  Sus atribuciones como máxima autoridad monetaria, cambiaria y crediticia no pueden ser sustituídas por ningún ente.

3.  Corte Constitucional: Sentencia  C-521/94 : En desarrollo del inciso 2° del artículo 372, desarrollado por la ley 31 de 1.992 la organización y régimen laboral del Banco puede ser incluída en  dicha ley, existiendo algunos trabajadores  de confianza.  La función de la Banca Central es un servicio público esencial.

4.  Corte Constitucional: Sentencia  C-469/95:  La función de la Contraloría por mandato del artículo 267 de la misma Constitución incluye el ejercicio de un control financiero, de gestión y de resultados, fundado, entre otros, en los valores de eficiencia y economía puede pues intervenir en las labores de impresión, acuñación, retiro o incineración de moneda.  los Contralores deben constituirse como parte civil en los procesos penales adelantados por delitos que han tenido como víctima pecuniaria al Estado.  (Providencia 31/07/96 del Consejo de Estado en el mismo sentido).

5.  Corte Constitucional : Sentencia C-341/96 : Define el régimen disciplinario y la naturaleza de los trabajadores del Banco, como funcionarios públicos, sometidos al poder disciplinario del Procurador General de la Nación.  La autonomía del ente.  no significa ausencia de controles.

6.  Corte Constitucional : Sentencia C- 358/96:  Trata de la constitucionalidad de los tratados internacionales y de cómo,  la Inversión Extranjera destinada a los grandes proyectos de infraestructura  de los cuales depende en gran medida el crecimiento económico del país, no sería posible sin el capital y la tecnología extranjeros.  La cláusula de la nación más favorecida garantiza que el principio de igualdad es aplicable y la repatriación irrestricta de inversiones extranjeras y sus rendimientos.

7.  Consejo de Estado: Sentencia  19/08/94:  En esta sentencia se tratan los temas de los intereses, la corrección monetaria, la devolución y la actualización a valor presente.  De las licitaciones internacionales, los CERT, la función pública del Banco de la República, caducidad de la acción en dos años, acción de nulidad, restablecimiento del derecho, revocatoria directa del acto, vía gubernativa, agotamiento.

3.  Otros ingresos provenientes del dominio monetario.

El dominio monetario no se reduce solamente a los ingresos obtenidos en forma privada por las instituciones respectivas.  El imperium del Estado, traducido en las providencias de la Junta del Banco de la República y las decisiones del Gobierno Nacional a través del Pesidente y del Ministro de Hacienda, quien por derecho propio preside la Junta Directiva del Banco, pueden producir dinero que  ingresa al patrimonio como producto del dominio monetario.  Así, cuando un contrato se celebra con el Banco de la República, por ejemplo para la explotación de las salinas, las minas de esmeraldas o cuando se legaliza un contrato de emisión de encaje bancario o se producen movimientos en la balanza cambiaria o estímulos a los exportaciones como los actuales certificados tributarios o un aumento en las tarifas de los impuestos de importación a través del arancel aduanero, todas estas son medidas que contribuyen a incrementar los ingresos del Estado.

En relación con el producido de este dominio, puede presentarse alguna confusión para establecer exactamente si el dinero provino, de un ingreso privado como el obtenido de la venta  de un barril de petróleo, o de un kilo de Oro, o si fue producido porque se dictó una resolución de las autoridades estatales que conforman que conforman el dominio monetario y en adelante los productos de la emisión de moneda ingresan a la cuenta especial de cambios del Banco de la República y han generado una cantidad del dinero para el presupuesto nacional, como resultado del dinero público obtenido por el ejercicio de los actos de poder.  Es la razón por la que hemos insistido en la clasificación del ingreso con la que inicia su libro el profesor EINAUDI: porque analiza con gran claridad cuándo el dinero proviene de un ingreso privado, cuasiprivado, público o político o si más bien se trata de una contribución o un impuesto, según las necesidades que se satisfagan con la prestación del servicio, la contraprestación recibida por el particular y el grado de voluntariedad con la que se haga el pago.



ALFONSO MIRANDA TALERO
EL DERECHO DE LAS FINANZAS PÚBLICAS
Segunda Edición
LEGIS   
Con Licencia de Office para Compilar
Claudia Tatiana Palacio Vasco.

viernes, 9 de septiembre de 2016

PLEBISCITO

TÍTULO  VIII
Del Plebiscito






[§6157]  ART. 77  Plebiscito  -  El Presidente de la República, con la firma de todos los ministros, podrá convocar al pueblo para que se pronuncie sobre las políticas del ejecutivo que no requieran aprobación del Congreso, excepto las relaciones con los estados de excepción y el ejercicio de los poderes correspondientes.

El Presidente deberá informar inmediatamente al Congreso su intención de convocar un plebiscito, las razones para hacerlo y la fecha en que se llevará a cabo la votación, la cual no podrá ser anterior a un mes ni posterior a cuatro meses, contados a partir de la fecha en que el Congreso reciba el informe del presidente . El plebiscito no podrá coincidir con otra elección.

[§6158]  ART.78  Concepto obligatorio de las cámaras y previo de la Corte Constitucional,  Cuando dentro  del mes siguiente a la fecha en que el presidente haya informado sobre su intención de realizar un plebiscito, ninguna de las dos cámaras, por la mayoría de asistentes, haya manifestado su rechazo, el presidente podrá convocarlo.  

En ningún caso el plebiscito podrá versar sobre la duración del período constitucional del mandato presidencial, ni podrá modificar la Constitución Política.

NOTA: El control previo de la Corte Constitucional se declaró inexequible Sentencia C. 180 de 1.994.

[§6159]  ART  79.  -   Campaña a favor o en contra del plebiscito.  El acceso de los partidos y movimientos políticos a los espacios de televisión financiados por el Estado se hará de conformidad con lo establecido para el referendo constitucional.

El gobierno dispondrá del mismo tiempo en televisión para expresar su opinión sobre el plebiscito.  El uso de estos espacios se hará dentro de los veinte días anteriores a la fecha señalada para la votación.


[§6160]  ART  80  - Efecto de la votación

El pueblo decidirá, en plebiscito, por la mayoría del censo electoral.




RÉGIMEN  JURÍDICO DE  LA  ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL.
BOGOTÁ  -  CARACAS  -  SANTIAGO  -   LIMA  -   QUITO.
LEGIS  EDITORES  S.A.
Licencia Office  para compilar   Claudia Tatiana Palacio Vasco
TP.  07362   de  Ministerio  de  Desarrollo  Económico.