martes, 10 de octubre de 2017

PRINCIPIOS PRESUPUESTALES











Los presupuestos del sector público cuantifican los recursos que requiere la operación normal, la inversión y el servicio de la deuda pública de los organismos y entidades oficiales.  Al efectuar los estimativos presupuestales se contemplan variables como la remuneración de los funcionarios que laboran en instituciones del gobierno, los gastos de funcionamiento de las entidades estatales, la inversión de proyectos de apoyo a la iniciativa privada (puentes, termoeléctricas, sistema portuario, centros de acopio, vías de comunicación,  etc.), la realización de obras de interés social (centros de salud, escuelas, hogares juveniles, hogares para la tercera edad.)  y la amortización de compromisos ante la banca internacional.


DE LOS PRINCIPIOS DEL SISTEMA PRESUPUESTAL.
[§ 4082]  D. 111/96.
ART. 12. -  Los principios del sistema presupuestal son: la planificación. La anualidad, la universalidad, la unidad de caja, la programación integral, la especialización, la inembargabilidad, la coherencia macroeconómica y la homeóstasis   (L. 38/89, art. 8°, L. 179/94, art. 4°).
[§ 4083]  D. 111/96.
ART. 13.  – Planificación.  El presupuesto general de la Nación deberá guardar concordancia con los contenidos del plan nacional de desarrollo, del plan nacional de inversiones, del plan financiero y del plan operativo anual de inversiones (L. 38/89, art. 9°, L 179/94, art. 5°).

[§ 4084]  D. 111/96.
ART.  14 -  Anualidad. El año fiscal comienza el 1° de Enero y termina el 31 de diciembre  no podrán asumirse compromisos con cargo a las apropiaciones del año fiscal que se cierra en esa fecha y los saldos de apropiación no afectados por compromisos caducarán sin excepción  (L. 38/89, art. 10).

[§ 4085]  D. 111/96.
ART. 15. – Universalidad.  El presupuesto contendrá la totalidad de los gastos públicos que se espere realizar durante la vigencia fiscal respectiva.  En consecuencia ninguna autoridad podrá efectuar gastos públicos,  erogaciones con cargo al tesoro o transferir crédito alguno, que no figuren en el presupuesto (L. 38/89.  Art. 11; L. 179/94, art. 55, inc.  3°, L. 225/95, art. 22).

[§ 4086]  D. 111/96.
ART. 16  Unidad de  caja.  Con el recaudo de todas las rentas y recursos de capital se atenderá el pago oportuno de las apropiaciones autorizadas en el presupuesto general de la Nación.
PAR. 1° -  Los excedentes financieros de los establecimientos públicos del orden nacional son propiedad de la Nación.  El Consejo Nacional de Política Económica y Social, Conpes, determinará la cuantía que hará parte de los recursos de capital del presupuesto nacional, fijará la fecha de su consignación en la dirección del tesoro nacional y asignará por lo menos el 20% al establecimiento público que haya generado dicho excedente.  Se exceptúan de esta norma los establecimientos públicos que administran contribuciones  parafiscales.

PAR. 2° - Los rendimientos financieros de los establecimientos  públicos provenientes de la inversión de los recursos originados en los aportes de la Nación, deben ser consignados en la dirección del tesoro nacional, en la fecha que indiquen los reglamentos de la presente ley, Exceptúanse los obtenidos por los órganos de previsión y seguridad social,  para el pago de prestaciones sociales de carácter económico (L. 38/89, art. 12; L. 179/94, art. 55, incs. 3°, 8° y 18; L. 225/95, art. 5°).

[§ 4087]  D. 111/96.
ART. 17 . – Programación integral.  Todo programa presupuestal deberá contemplar simultáneamente los gastos de inversión y de funcionamiento  que las exigencias técnicas y administrativas demanden como necesarios para su ejecución y operación, de conformidad con los procedimientos y normas legales vigentes.
PAR.  El programa presupuestal incluye las obras complementarias que garanticen su cabal ejecución (L. 38/89, art. 13).

[§ 4088]  D. 111/96.
ART. 18.  – Especialización.  Las apropiaciones deben referirse en cada órgano de la administración a su objeto y funciones, y se ejecutarán estrictamente conforme al fin para el cual fueron programadas (L. 38/89, art. 14° L. 179/94, art. 55, inc. 3°).

[§ 4089]  D. 111/96.
ART. 19. – Inembargabilidad.  Son inembargables las rentas incorporadas en el presupuesto general de la Nación, así como los bienes y derechos de los órganos que lo conforman.
No obstante la anterior inembargabilidad, los funcionarios competentes deberán adoptar las medidas conducentes al pago de las sentencias en contra de los órganos respectivos, dentro de los plazos establecidos para ello, y respetarán en su integridad los derechos reconocidos a terceros en estas sentencias.
Se incluye en esta prohibición las cesiones y participaciones  de que trata el capítulo 4° del título XII de la Constitución Política.
Los funcionarios judiciales se abstendrán de decretar órdenes de embargo cuando no se ajusten a lo dispuesto en el presente artículo, so pena de mala conducta  (L. 38/89, art. 16; L. 179/94, arts. 6°, 55, inc 3°).
*NOTA: El artículo anterior  fue declarado exequible por la Corte Constitucional Sentencia C-354 de 1.997, Agosto 4 de 1.997.  M.P.  Antonio Barrera Carbonell, bajo el entendido de que los créditos a cargo del Estado, bien sea que consten en sentencia o en otros títulos legalmente válidos, deben ser pagados mediante el procedimiento que indica la norma acusada y que transcurridos 18 meses después de que ellos sean exigibles, es posible adelantar ejecución,  con embargo de   recursos del presupuesto  - en primer lugar los destinados al pago de sentencias o conciliaciones, cuando se trate de esta clase de títulos -  y sobre los bienes de las entidades u órganos respectivos.
[§ 4090]  D. 111/96.
ART. 20. – Coherencia macroeconómica.  El presupuesto debe ser compatible con las metas macroeconómicas fijadas por el gobierno en consideración con la Junta Directiva del Banco de la República  (L.  179/94,  art. 7°).

[§ 4091]  D. 111/96.

ART. 21.  -  Homeóstasis presupuestal.  El crecimiento real del presupuesto de rentas incluída la totalidad de los créditos adicionales  de cualquier naturaleza, deberán guardar congruencia con el crecimiento de la economía, de tal manera que no genere desequilibrio macroeconómico  (L. 179/94, art. 8°).

PRESUPUESTO  DEL  SECTOR  PRIVADO.

Los utilizan las empresas particulares como base de planificación de las actividades empresariales.

Mecánica, técnica y principios en la confección del presupuesto.
En todo sistema presupuestario se necesita claridad sobre tres aspectos muy relacionados que son bases de apoyo del trabajo de quienes participan en las diferentes etapas del ciclo presupuestal.  Tales aspectos son: los médios mecánicos empleados, sus técnicas de elaboración y los principios que sustentan la validez de los mismos.

  1. Los medios mecánicos se relacionan con:
  • El diseño de formas y/o cédulas presupuestarias para la recolección de Información y los medios técnicos utilizados para el cálculo matemático.
      2. Métodos de oficina empleados en su elaboración.

  • Las técnicas son el conjunto de procedimientos utilizados para desarrollar su actividad, que pueden provenir de la experiencia o las investigaciones realizadas en el desarrollo de su trabajo.  Por ejemplo:

Por  experiencia o por investigaciones realizadas el encargado de elaborar el presupuesto de ventas puede identificar los factores que incidieron sobre las ventas de períodos pasados.
Los procedimientos empleados para determinar los estándares de los tres elementos del costo.

     3. Los principios revisten especial importancia en el campo de la presupuestación y por ello antes de enunciarlos es necesario resaltar el hecho de que sirven de quias específicas o de "moderadores del criterio" de la persona encargada de confeccionar, los presupuestos parciales o el presupuesto general de la empresa.

Un principio se define de diferentes maneras; El Diccionario ilustrado de la lengua española dice: " cada una de las primeras verdades que sirven de fundamento a una ciencia...."

"Máximas particulares por donde cada cual se rige en sus actuaciones".
"Los principios de control presupuestal serán esas causas primarias que dieron nacimiento a la técnica de la presupuestación y que el hombre debe observar y utilizar en el desarrollo de su actividad específica."

Un resumen del pensamiento  de Hector Salas González, en Control presupuestal de los negocios, presenta algunos principios y aclara que no todos son de obligatorio cumplimiento.  Este autor los clasificó en cinco grupos: de previsión, de planeación, de organización, de dirección y de control.

  1. De previsión.
     Son tres:  predictibilidad, determinación cuantitativa y objetivo.  Recalcan la importancia del estudio anticipado de las cosas y de las posibilidades de lograr las metas propuestas.
      2.De planeación
Indican el cambio para lograr los objetivos deseados.  Se destacan: precisión, costeabilidad, flexibilidad, unidad, confianza, participación, oportunidad y contabilidad por áreas de responsabilidad. 

      3.De organización
Denotan la importancia de la definición de las actividades humanas para alcanzar las metas, como, son orden y comunicación.  

     4. De dirección
Indican el modo de conducir las actuaciones del individuo hacia el logro de los objetivos deseados.  Salas Gonzalez los llama principios de autoridad y coordinación.  

       5. De Control
Permiten comparaciones entre los objetivos y los logros.  Se determinancon  con nombres como: principio de reconocimiento, excepción, normas y conciencia de costos.

Los principales principios enunciados por Héctor Salas Gonzalez se expresan de la siguiente manera:
Principio de predictibilidad.
Es posible predecir algo que ha de suceder o que queremos que suceda.

De determinación cuantitativa
Se debe determinar unidades monetarias para cada uno de los planes de la empresa para el período presupuestal.

De objetivo
Puede preverse algo siempre y cuando se busque un objetivo.

De precisión
Los presupuestos son planes de acción y deben expresarse de manera precisa y concreta.  Deben evitar vaguedades que impidan su correcta ejecución.

De costeabilidad
El beneficio de instalación del sistema de control presupuestal ha de superar el costo de instalación y funcionamiento del sistema.

De flexibilidad.
Todo plan debe dejar margen para los cambios que surjan, en razón de la parte totalmente imprevisible y de las circunstancias que hayan variado después de la previsión.

De unidad
Debe existir un sólo presupuesto para cada función y todos los que se aplican a la empresa deben estar debidamente coordinados.

De confianza
El decidido apoyo y la fe en todos los principios y en la eficiencia del control presupuestal por parte de todos los directivos de la empresa es importantísimo para su buena marcha.

De participación
Es esencial que en la planeación y el control de los negocios intervengan todos los empleados para aprovechar el beneficio que se deriva de la experiencia de cada uno de ellos en su área de operación.

De oportunidad
Los planes deben finalizarse antes de iniciar el período presupuestal para tener tiempo de tomar las medidas conducentes a los fines establecidos.

De contabilidad por áreas de responsabilidad
La contabilidad debe modificarse de manera que además de cumplir los postulados de la contabilidad general, sirva para los fines de control presupuestal.

De orden
La planeación y el control presupuestal deben basarse en una sana organización trazada en organigramas, líneas de autoridad y responsabilidad precisas, en las funciones de cada miembro del grupo directivo detallando deberes u obligaciones y autoridad.

De comunicación
Implica que dos o más personas entienden de la misma manera un asunto determinado de manera oportuna y concisa.

De autoridad
No se concibe la autoridad sin responsabilidad.  Este principio dispone que la delegación de autoridad no sea jamás tan absoluta como para eximir totalmente al funcionario de la responsabilidad final que le cabe de las actividades bajo su jurisdicción.

De Coordinación
El interés general debe prevalecer sobre el interés particular.

De reconocimiento
Debe reconocerse o dar crédito al individuo por sus éxitos y reprenderlo o aconsejarlo por sus faltas y omisiones.

De excepciones
Recomienda que los ejecutivos dediquen su tiempo a los problemas excepcionales sin preocuparse por los asuntos que marchen de acuerdo con los planes.

De normas
Los presupuestos constituyen la norma por excelencia para todas las operaciones de la empresa.  El establecimiento de normas claras y precisas en una empresa puede contribuir en forma apreciable a las utilidades y producir además otros beneficios.

De conciencia de costos
Para el éxito del negocio, cada decisión de un individuo tiene algún efecto sobre los costos; cada supervisor debe comprender el impacto de sus decisiones sobre los costos, para que cada decisión que tome sea efectiva para la empresa.

Estos principios constituyen la razón de ser del presupuesto.  Su observancia en el proceso de planificación general de la empresa  ( a partir de la definición de la misión, objetivos, estrategias, etc. ) es básica, puesto que sirven de apoyo a la técnica de elaboración de presupuestos.



Area Funcional
Planeación y Control
Produccion
Ventas
Personal
Finanzas
Misión




Objetivo Fundamental




Objetivos a Largo Plazo




Estrategias




Políticas




Control






RÉGIMEN JURÍDICO DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL
UNA PUBLICACIÓN DE LEGIS EDITORES S.A.
Bogotá - Caracas -  Santiago  -  Lima  -  Quito



PRESUPUESTOS
Enfoque moderno de planeación y control de recursos
Segunda Edición

Jorge E. Burbano  Ruíz  -  Universidad del Valle
Alberto Ortiz Gómez  -  Director nacional de la Especialización en Administración Financiera, Escuela de Administración de Negocios, EAN -  Santafé de Bogotá D.C.  - Colombia.
Mc Graw Hill

Santafé de Bogotá . Buenos Aires - Caracas - Guatemala - Lisboa - Madrid - México - Nueva York - Panamá - San Juan - Santiago de Chile - Sao Paulo - Auckland  -  Hamburgo -  Londres  -  Milán  - Montreal - Nueva Delhi - París  -  San Francisco  -  San  Luis  -  Sidney  -  Singapur  -  Tokio  -  Toronto.

Claudia Tatiana Palacio Vasco
Administradora de Empresas  -  Especialista en Mercadeo Internacional
TP.  07362  de  ministerio de Desarrollo Económico.
Compiladora.

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